Categoría: ‘Investigación’

La sidra en Altza durante los siglos XVII-XIX (4)

2026, 22 de Octubre

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Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

En el siglo XVII, la producción de sidra en Gipuzkoa decayó por la interrupción de los viajes a Terranova y la expansión del maíz, un cereal que se adaptó perfectamente, con mejores rendimientos y una gran variedad de usos, alimentarios y de otro tipo. Esto redujo la superficie destinada a manzanales y convirtió a la sidra en un producto de consumo doméstico y local.

En Altza, sin embargo, la producción comercial de sidra se mantuvo durante los siglos XVII y XVIII gracias a su derecho histórico de venta en el puerto de Pasaia [1]. La rentabilidad del cultivo del maíz y del manzano impulsó notablemente la edificación de nuevas caserías. Solo en el siglo XVIII se edificaron 57, un aumento del 58 %, la cantidad más alta de la historia de Altza en números absolutos [2].   (más…)  »  

Procesos electorales en Altza (1976-2026) (1)

2026, 6 de Octubre

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1976*

Antxon Alfaro

Durante las próximas semanas vamos a ir publicando una serie de entradas en el blog mostrando una visión sintética de los procesos electorales que se han realizado en Altza, tras la muerte de Franco.

El termino “Altza” se refiere al territorio del antiguo término municipal de Altza anexionado a Donostia tras la victoria franquista. Abarca los actuales barrios de la zona este de la ciudad: Altza, Intxaurrondo, Miracruz-Bidebieta y Sarrueta-Martutene.

Desde las primeras elecciones, en el año 1977, a todo este territorio se le ha denominado como Distrito Censal 7 de Donostia-San Sebastián, lo que facilita la realización de estudios electorales centrados sólo en Altza. En este sentido, se puede considerar que el Distrito Censal 7 es el heredero territorial de lo que fue Altza como villa independiente.   (más…)  »  

La sidra en Altza (3): pervivencia del marco medieval (1581-1651)

2026, 28 de Septiembre

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La Herrera (1636)

Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

Los extractos de las actas del concejo de San Sebastián correspondientes al periodo 1581-1651 nos permiten comprobar hasta qué punto las normativas establecidas en la Edad Media con respecto a la sidra seguían marcando las reglas de juego, sobre todo la Concordia de 1450 y las ordenanzas de 1489. Su aplicación, sin embargo, dio pie a continuas disputas sobre su interpretación entre la villa y los vecinos de Altza.

La Concordia de 1450 había establecido un orden de prioridades para la venta de sidra: primero los productores que vivían dentro de las murallas de San Sebastián, luego los vecinos extramuros de Altza, Ibaeta y las Artigas, y finalmente los vendedores que no eran vecinos de la villa. Así mismo, los de Altza podían vender sidra a los barcos del puerto de Pasaia, también a navíos extranjeros, pero no a los de San Sebastián. De este modo, la sidra de los vecinos de Altza quedaban exentos de la consideración de «sidras extrañas», podían encubar sus sidras en sus casas y hacer provisión para sí mismos, pero no podían traerlas ni encubarlas dentro de la villa de San Sebastián. Solo después de vendidas las sidras de los vecinos intramuros podrían comercializar las suyas en la villa.

El centenar largo de ocasiones en que se recogen cuestiones relacionadas con la comercialización de sidra en las actas de este periodo muestran tensiones constantes entre las necesidades de aprovisionamiento de los navíos, las restricciones impuestas por el concejo para proteger a los productores de la villa y el cumplimiento de la normativa.

Los controles eran habituales. El 11 de mayo de 1615 se autorizaron 26 barricas de sidra de Altza para embarcar en el navío Santa Catalina de Siena, cuyo dueño era el maestre Juan de Soroa, vecino de Errenteria, pero solo después de que el interesado presentara una petición explicando las razones por las que había llevado las barricas al puerto sin licencia previa. El concejo, por los motivos expuestos en la citada petición y otras «justas consideraciones», concedió finalmente el permiso, tanto para las 26 barricas incautadas como para las demás que, según afirmaba en su solicitud, ya tenía compradas.

El 24 de septiembre de 1618, los representantes de Altza escribieron al concejo donostiarra recordando que disponían de un acuerdo firmado con la villa para vender sus sidras, y que gozaban de un derecho «inmemorial» para comercializar en el puerto de Pasaia. Citaban en su defensa el dictamen del doctor Diego Arias de Anaya, juez de residencia, el árbitro que había resuelto disputas similares en 1486 y 1487.

La vigencia de la Concordia se confirma explícitamente en el acta del 15 de febrero de 1621, donde se menciona que ciertas sidras fueron embarcadas en Pasaia desde Lezo en contravención de la sentencia firme y el contrato que las casas de Altza tenían con la villa.

Las actas documentan numerosas violaciones de estas normas, sobre todo protagonizadas por comerciantes y productores de sidra del interior de la provincia que querían vender su sidra en el puerto. El 27 de agosto de 1612, el alcalde Juan de Zornoza informó al concejo que en el término de Molinao había «cantidad de sidras» traídas de la villa de Hernani para embarcarlas. La investigación reveló que San Juan de Olazabal, vecino de Errenteria, había llevado pipas vacías a la casa de Sasoategi de Molinao, donde Antonio de Luscando las llenó con sidra traída desde Hernani para embarcarlas en un galeón sin haber solicitado licencia alguna. Se incautaron nueve pipas, y el caso generó un conflicto que llegó hasta el corregidor.

Un caso similar ocurrió el 2 de marzo de 1613, cuando el alcalde Antonio de Luscando recibió información de que Juanes de Oreindain enviaba a su casería que estaba en la calzada camino del Pasage barricas vacías para llenarlas de sidra y llevarlas al puerto. El alcalde acudió a la Herrera, donde encontró treinta y cuatro barricas de sidra pertenecientes a Martin de Labaien, quien pretendía transportarlas al puerto. El concejo ordenó que las barricas fueran traídas al interior de los muros de la villa y solo desde allí podrían ser llevadas a donde el propietario quisiera, forzando así el cumplimiento de la ordenanza que prohibía el comercio directo desde las caserías al puerto.

Todo eso está estrechamente relacionado con lo que se conocía como sistema de «manifiesto», la obligación de todo comerciante que quisiera meter sidra a la ciudad o embarcarla en el puerto de declarar bajo juramento el origen exacto y la cantidad de su mercancía. Una medida dirigida a proteger la producción local y evitar la competencia de las villas vecinas. Como ya hemos señalado, los de Altza solo podían vender después de que las sidras de los productores de dentro de la villa fueran vendidas. Las penas eran severas: pérdida de las sidras y de los barcos, así como de las pipas, barricas y cueros en que se transportaran, además de tres mil maravedís por cada vez. Se daba permiso a cualquier vecino para denunciar y quedarse con las sidras y los envases, y recibir la tercera parte de la multa.

El sistema de manifiesto siguió funcionando con un control estricto. El 3 de junio de 1621 se concedió licencia a Juan Pérez de Toledochipi, vecino de Altza, para introducir una cuba de sidra con la condición de tenerla de «manifiesto», bajo candado y otras precauciones para que no hubiera fraude.

Uno de los aspectos que llama la atención en las actas es la continuidad en el tiempo de los mismos linajes y casas principales de Altza. En 1493, Miguele de Ronçesballes, señor de la casa Zapiain de Sarrueta, había solicitado el traslado de la Concordia de 1450 a pergamino en nombre de «la tierra e universidad» de Altza. Más de un siglo después, el 7 de septiembre de 1618, encontramos a Sebastian de Zapiain, junto con Barbara de Olazazal y Martin de Miraballes con sus menores dueños de la casa Aiet, y otros altzatarras, pretendiendo introducir sidras en la villa desde sus manzanales.

Este caso es interesante porque planteó al concejo una duda jurídica compleja: ¿podían los menores de edad, aunque nacidos dentro de la villa pero residiendo fuera de ella bajo tutela, gozar de los privilegios de los vecinos para meter y vender sidras? El concejo consultó al doctor Torre Arizmendy, su letrado, quien dictaminó que los menores de edad no podían beneficiarse de ese derecho porque el beneficio económico de sus bienes pertenecía legalmente a sus padres.

Otro caso significativo es el de la casa de Parada. El 18 de marzo de 1606, su propietario, Juan Pérez de Arburola, presentó una autorización oficial del corregidor para iniciar una investigación legal con el objetivo de demostrar que dicha propiedad tenía el derecho tradicional de vender la sidra que producía, tanto en la propia casa como en el puerto de Pasajes. La casa de la Parada reclamaba, por tanto, un uso inmemorial que se remontaba a la época medieval, enfrentándose a las ordenanzas que el concejo pretendía aplicar.

El 5 de agosto de 1611, el corregidor de la provincia amparó a Juan Pérez de Arbola y Arrisqueta, señor de la casa altzatarra de Aiete, en su derecho de meter sidras de su propiedad en Altza dentro de la villa por vivir la mayor parte del año dentro del cuerpo de la villa. El concejo apeló esta sentencia porque desde su punto de vista no especificaba suficientemente «de que forma a de vivir el dicho de Aiet en esta villa», lo que generó nuevas disputas sobre la interpretación de los privilegios.

Las actas permiten identificar los lugares del territorio altzatarra donde se desarrollaban los conflictos relacionados con la sidra. Además de las casas principales ya mencionadas aparecen otros enclaves significativos.

La casería de Zarategi, en Intxaurrondo, fue objeto de un largo pleito. El 4 de julio de 1611 el concejo donostiarra recibió la sentencia favorable a Margarita de Lequedano que le permitía vender las sidras de la casería Zarategi dentro de la villa y en la propia casería. La villa decidió apelar esta sentencia. Apenas dos meses después, el 26 de agosto de 1611, se volvía a plantear la misma cuestión con la casería Polloe, que en aquellas fechas formaba parte de la tierra de Altza.

Ya hemos mencionado el caso de Sasoategi en Molinao, donde en 1612 se detectó un intento de embarcar sidra ilegal. Esta zona era especialmente conflictiva, por su ubicación estratégica en el camino real San Sebastián-Errenteria y en la orilla de la bahía.

La Herrera, con un embarcadero y lugar de paso obligado en el camino entre las caserías del interior de Altza y el puerto pasaitarra, era un punto de control estratégico del comercio de sidra. Allí fue donde en 1613 el alcalde detuvo las treinta y cuatro barricas que pretendían llevar al puerto, obligando a que fueran traídas primero dentro de los muros de la villa. En las proximidades, Gomistegi era otro enclave que aparece en las disputas. El 15 de abril de 1585, por ejemplo, se menciona un pleito con el licenciado Berastegui sobre vender sidras en la casería de Gomistegi.

Otro tema interesante que se desprende de las actas es el cambio en la argumentación del concejo donostiarra entre finales del siglo XV y principios del XVII. A la bonanza económica del siglo XVI le siguieron años de crisis en el XVII que fomentaron medidas proteccionistas.

La ordenanza de 1489 sobre sidras de manifiesto se había promulgado cuando la villa no tenía suficiente sidra para su provisión y corría peligro por falta de agua en el caso de que la villa sufriera un cerco. Sin embargo, el 27 de agosto de 1612, el prior, beneficiados y cabildo presentaron una petición al concejo en la que afirmaban que el sustento principal de los vecinos de la villa, sus iglesias y los ministros de la misma eran el fruto y la cosecha de las tierras, viñedos y manzanos que había en la juriscción. El cabildo reclamaba que no se permitiera entrar sidras de manifiesto, -el argumento ya no era el abastecimiento en caso de cerco-, sino la protección de los intereses económicos de los productores locales, incluidas las instituciones eclesiásticas que dependían de los diezmos y primicias sobre la producción de manzana. El 31 de agosto de 1612, se decretó prohibir completamente la entrada de sidras extrañas, por «la mucha abundançia de mançanales que ay en la dicha juridiçion».

El 14 de enero de 1619, la villa argumentó explícitamente este cambio de circunstancias: «agora con la abundançia de los mançanales propios estaba tan probeida la dicha villa de sidra que aunque estubiese çercada dos años no podia peligrar por falta de bebida».

Las actas de este periodo son un reflejo del final del periodo de prosperidad económica que se vivió en Gipuzkoa desde mediados del siglo XV hasta finales del XVI propiciando el incremento significativo de manzanales. A partir de entonces Gipuzkoa entró en crisis. La abundancia de manzanales intensificó la competencia entre productores y endureció las medidas proteccionistas del concejo donostiarra. Las actas documentan un aumento significativo de los controles, denuncias y decomisos a partir de 1612, precisamente cuando el concejo decidió prohibir totalmente las sidras extrañas y aumentar las penas. Los vecinos de Altza, por su parte, seguían beneficiándose de su ubicación a orillas del puerto de Pasaia y defendiendo sus derechos ante los tribunales amparándose en la Concordia de 1450 y en los precedentes judiciales favorables de 1486-1487.

***

Referencia documental:

Todas las citas documentales están tomadas de EXTRACTO DE ACTAS DEL AYUNTAMIENTO. Archivo Municipal de San Sebastián - Donostiako Udal Artxiboa, H-00299-L (1569-1599), H-00300-L (1600-1619), H-00301-L (1621, 1651, 1738, 1739).

Imagen: “DESCRIPCIÓN DEL PUERTO DEL PASAJE“, año 1636, de los ingenieros militares Gandolfo, Teixeira Albornoz y Sotto . Bizkaiko Foru Liburutegia / Biblioteca Foral de Bizkaia.

Entradas de Estibaus sobre la sidra:

«La sidra en Altza (1)»

«La sidra en Altza (2): casa, lagar y manzanales»

«Los podavines: jornaleros especializados de los manzanales»

«Las sidrerías en Altza en 1931-1933»

Recordar para dignificar: la heroína en Altza (1975-2000)

2026, 21 de Septiembre

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Koro Ijurko, Roberto Arín, Eusebio de la Huerga, Xabier Arana, Antxon Alfaro

Desde hace cuarenta años, la asociación Altzako Historia Mintegia trabaja para recuperar y preservar la memoria de Altza. Dentro de esa labor, el proyecto LEKUKOAK lleva dos décadas reuniendo testimonios de quienes vivieron en primera persona los grandes procesos sociales de nuestros barrios: la vida rural, las migraciones, el asociacionismo de las mujeres. Hemos abierto un nuevo capítulo y queremos acercarnos a una página de nuestra historia que durante demasiado tiempo ha permanecido en silencio: el fenómeno de la heroína en Altza entre los años 1975 y 2000.

Aquella epidemia sacudió a toda la comunidad. Golpeó con dureza a la gente más joven -la llamada “generación perdida”- y dejó una huella muy honda en quienes consumieron, en sus familias y en el conjunto de la comunidad. Las sobredosis, la adulteración de las sustancias, enfermedades como el VIH/SIDA y el encarcelamiento causaron la muerte o el deterioro de la calidad de vida de muchas personas consumidoras, dejando un sufrimiento que pocas veces pudo expresarse en voz alta.

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La sidra en Altza (2): casa, lagar y manzanales

2026, 26 de Mayo

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Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

A partir de finales del siglo XV, la rentabilidad del negocio sidrero en Altza animó la inversión en manzanales y caserías con lagar donde producir la sidra. De este modo, el número de casas se multiplicó, pasando de 25 en el siglo XV a 64 en finales del XVI [1], dibujando un amplio paisaje salpicado de caserías con su vivienda, lagar y manzanales, complementadas con otras tierras sembradías, castañales y zonas de monte, pasto y arboledas destinadas al ganado y la obtención de una materia prima básica como la madera.

En ese cada vez más numeroso conjunto de casas y caserías hay que señalar, sin embargo, una clara diferenciación social entre ellas que se irá marcando aún más con el paso del tiempo. Por un lado destacará un pequeño grupo privilegiado de casas habitadas por su señor y familia, vecinos de Altza con derecho a participar en la elección de cargos concejiles y parroquiales, y, en el otro lado, todas las demás caserías donde viven y trabajan un inquilino y su familia, cuyos propietarios son inversores o rentistas, muchos de ellos comerciantes, que en la mayoría de los casos son vecinos de las villas del entorno, pero entre los que también encontraremos instituciones religiosas, como los conventos donostiarras de Santa Catalina o San Bartolomé.   (más…)  »  

La sidra en Altza: La sidra en la documentación medieval (1)

2026, 8 de Mayo

Altza, 1850

Altza, 1852

Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

Desde la Edad Media, la manzana ha sido el fruto más importante del territorio de Altza, y gran parte de las extensiones cultivadas manzanales. Andrés de Arzac, en el siglo XVII, declaraba que «la sidra es el nervio principal de las ventas» de los propietarios de heredades . La mayor parte de la población vivía directa o indirectamente de la sidra: cultivar los manzanales, trabajar en los lagares, fabricar cubas y toneles, transportar… Su importancia radicaba en que la sidra, además de bebida, era un alimento básico en la dieta diaria de la población, y una provisión imprescindible para los barcos que partían a navegar.

Vamos a abordar el tema de la sidra en Altza en cuatro capítulos:

1. La sidra en la documentación medieval: en la Edad Media se establecieron las bases legales que regularán la producción y comercialización de la sidra en los siglos siguientes. El principal documento será la carta-partida que recoge la concordia alcanzada entre Altza y San Sebastián en 1450.   (más…)  »  

Plantaciones de robles para la construcción naval en Altza en el siglo XVI

2025, 15 de Julio

Herrera, "el dique del rey" (1-i)

Herrera, "el dique del rey" (1-i)

Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

El siglo XVI europeo es el de la navegación transoceánica y las colonizaciones. El rey Felipe II (1557-1598), en su lucha contra la piratería y la pugna con otras potencias europeas por el control de los océanos, emprendió un gran plan de construcción naval basado en una política de plantíos de bosques de roble, la madera más adecuada para la construcción de los cascos de los navíos [1]. Las disposiciones reales tuvieron un impacto directo en las poblaciones y puertos de la costa cantábrica, incluida Altza. De hecho, Altza, situada en la bahía de Pasaia y con astilleros en las cercanías [2], ofrecía condiciones inmejorables para abastecer a los astilleros de madera de roble.

Sin embargo, aunque las disposiciones reales obligaban a las Juntas Generales y concejos a su ejecución, esta no tuvo lugar sin que las instituciones gipuzkoanas manifestaran su desacuerdo. Concretamente en la Junta de 1564 respondieron de esta manera a los planes del rey: “en esta Provinçia no conviene al servicio de Su Magestad que se tenga la orden en el plantar de robles, la orden que se da por la dicha provisión, ni se podría cunplir ni executar” [3], exponiendo acto seguido los motivos: la Provincia es pequeña y hay poca tierra, y “tiene mucha población e está fundada sobre herrerías e labranca e crianca e tratto de mar“. Por esa razón, en un territorio como Gipuzkoa, con una economía sustentada en la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio, no había espacio en sus montes para plantar robles destinados a la construcción naval.   (más…)  »  

Plantaciones de robles para la construcción naval en Altza en el siglo XVI (y IV)

2025, 13 de Julio

(1. irudia)

(1. irudia)

Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

***Nota: el artículo completo aquí***

Agrimensores y amojonamiento de tierras concejiles: “çien mojones grandes e vistosos“

La función de los agrimensores era identificar y amojonar las parcelas de propiedad pública, las tierras concejiles y también los caminos.[1] El 19 de agosto de 1572, el concejo donostiarra aprobó el pago de los gastos generados por la colocación de mojones en tierras concejiles usurpadas por particulares en Altza. En total, colocaron cien mojones “grandes y vistosos” para amojonar una zona de tierras concejiles usurpadas de 40.000 pies de manzano.[2]  No sabemos exactamente el valor de la unidad de superficie “pie de manzano“, pero, si se trata como parece del lugar que necesita un manzano para desarrollarse, es evidente que la cantidad de terreno usurpado era muy grande.

Tres meses y medio más tarde, el 2 de diciembre, el concejo pagó otro trabajo de amojonamiento realizado en las tierras de Altza: “que hauia gastado en jornales de los dichos agremisores y car(r)eto de piedras y despenssa de los trauajadores diez y ocho reales y juro la dicha costta y pedio librança sus mercedes mandaron librar“. En total colocaron 27 mojones.[3]   (más…)  »  

Plantaciones de robles para la construcción naval en Altza en el siglo XVI (III)

2025, 9 de Julio

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Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

***Nota: el artículo completo aquí***

Gestión de los terrenos de propiedad pública: “Que en Alça auia mucha tierra concegil”[1]

Vista la oposición y las grandes dificultades para imponer las órdenes de fomento de las plantaciones, los esfuerzos de los poderes públicos se concentrarán en la gestión de los montes de propiedad concejil. A través de las actas municipales de San Sebastián podremos acercarnos a conocer cómo se materializó esa gestión en Altza.[2]

Siguiendo las instrucciones contenidas en la orden recogida en el acta del 8 de junio de 1575, el corregidor y miembros del concejo procedieron a realizar visitas a los montes públicos de la villa para la búsqueda de los terrenos más adecuados. Entre otros, visitaron uno situado en la falda del monte San Marcos:

“Yten se bissitó otro término el qual está debajo la cruz de la Sierra de la hermita de la Magdalena hacia la casa de Chipres y entre la dicha casa de Chipres y la casa de Alamulia y la casa de Alanochipi y la borda de la casa de Arzac nombrada Atañoa que es mucho término y muy competente para el dicho plantío“.   (más…)  »  

Plantaciones de robles para la construcción naval en Altza en el siglo XVI (II)

2025, 3 de Julio

Txipres, Kutarro

Txipres (1-i)

Iñigo Landa, Juan Carlos Echeveste

***Nota: el artículo completo aquí***

Fomento forestal en el siglo XVI

Entre las decisiones, órdenes y ordenanzas hay dos que la historiografía considera como hitos:[1]

  • Las Juntas Generales de Gipuzkoa en 1548, conscientes por primera vez del problema de la deforestación, ordenarán plantar 500 robles o castaños a cada villa: “hiziessen plantar quinientos pies de robles y castaños en los exidos comunes…”. Donostia, junto con otras villas, sin embargo, protestó, pues no tenía a su juicio dónde plantar los robles: “no tenia lugar donde poder plantar los dichos robles i castaños“.
  • Cuatro años más tarde, en 1552, el Rey ratificará la ordenanza sobre los jaros[2]: “todas las villas e alcaldias e lugares y personas particulares… ayan de dexar y dexen en los dichos montes xarales asi guiados para carbon de quarenta en quarenta codos vn roble guiado por roble grande y creçido y no le corten ni talen los tales dueños…”. Los ayuntamientos pagarán las plantaciones mediante derramas, dividiendo los gastos y la responsabilidad de plantar entre los vecinos.

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Estibaus

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