Tala de robles y condena de los dueños de Mirasun
El historiador donostiarra Fermín Muñoz Echabeguren, buscando documentación en el archivo municipal de San Sebastián, se ha acordado muy amablemente de nosotros y nos ha enviado la fotocopia de un viejo documento relacionado con Altza.
Se trata del extracto de un acuerdo del ayuntamiento donostiarra, fechado el 13 de junio de 1597, en el que se recoge la venta por parte de la villa a Antonio de Urquiola de 160 robles situados en tierras de Altza para la construcción de galeones al servicio del rey.
Tras el descalabro de la Armada Invencible en 1588, Felipe II ordenó acelerar la construcción de galeones para tratar de asegurar el control de los mares y, sobre todo, el comercio con América. La bahía de Pasaia fue un centro importante en la construcción de galeones y el general Antonio de Urquiola el responsable de llevar a buen término la voluntad real. A raíz de la construcción masiva de galeones se produjo una gran deforestación de los montes cercanos a la bahía.
En este contexto se produce la dicha venta de robles, así como el arresto y posterior condena a pagar una multa a los dueños del caserío Mirasun por la tala de robles en terrenos de la villa.
El documento dice así:
En regimiento de treçe de junio esta el decreto seguiente:
Este dia el alcalde Gregorio de Echaçarreta y regidor Agustin de Lizarza que fueron enviados a la tierra de Alça a ber los robles creçidos que en ella ay del consejo que los a pedido a Antonio de Urquiola para la fabrica de su magestad e de los galeones a lo qual enbio a maestre Juan de Arizmendi que es maestre de fabricar dichos galeones para aserrar los que son utiles e yçieron relaçion de como se an señalado noventa pieças de robles de trasmocho y algunos altos que estan de frente de las casas de Sieus y Mirasun y otros veinte y cinco cerca de la Herrera entre el molino del jurado Gaspar de Portu y la casa de la Herrera y otros quarenta y cinco que estavan señalados y allaron cortados por el pie desde la casa de Mercader asta la de Mirasun y que haviendo quien havia cortado otros quarenta y seis robles que se allaron en la puerta de la casa de Mirasun se allo que los havian cortado Thomas de Guruçeaga y Maria Lopez de Guruçeaga dueños de la casa de Mirasun y por el exceso de haver cortado los dichos robles estando plantados para el consejo desta villa y en tierras suyas ynbiaron presos al dicho Tomas y su ija para probeer en el caso lo que convenga y haviendo quedado de acuerdo con el dicho maestre Juan de Arizmendi senalados los dichos çiento y sesenta robles que se cortarian luego y la leña de la rama y corteza quedaria para esta villa y el balor de los robles tasados se pagarian y para conferir lo que toca a la paga de ellos fueron al Pasajes y lo comunicaron con el el dicho Antonio de Urquiola el qual prometio de pagar el valor de los dichos çiento y sesenta robles por la tasacion y a precio de lo que el dicho maestre Juan de Arizmendi yçiere del primer dinero que su magestad librare y enbiare para la dicha fabrica y en esta conformidad quedaron de acuerdo para que se cortasen y los llevasen y dijeron que en lo susodicho se avian obligado escritura. Y en raçon de estos robles ay otros decretos detras y adelante.
[Al margen: Que Thomas e Tomas (sic) de Guereçeaga y María Lopez de Guereçeaga dueños de la casa de Mirasun cortaron robles conseguiles les condenaron por ello en pena] Y en quanto a los quarenta y seis robles que tienen cortados los dichos Thomas y su ija probeyeron que se notifique a los dichos Tomas de Guruçeaga para que en el Domingo se allen con un maestre carpintero para que juntamente con el nombrado por esta villa se tasen y examinen los dicho robles para que se paguen su valor y ademas de ello por el exceso de haverlos cortado por su propia autoridad sin lizençia y consentimiento desta villa les condenaron en mil maravedis de pena lo qual por el dicho escrivano notifique el dicho proveymiento a los dichos Tomas y Maria Lopez de Guruçeaga en sus propias personas los quales dandose por notificados dijeron que lo oyan.